Para calmar el mayor temor de los defensores de
derechos humanos, que era que esta reforma dejara en impunidad los crímenes de
los falsos positivos, se introdujo un párrafo en la reforma que
dice que los casos de los militares que están siendo juzgados por delitos que
quedan excluidos con esta ley o que no tienen relación con el servicio
permanecerán en la justicia ordinaria, según explicó Juan Carlos Pinzón,
Ministro de Defensa.La Fiscalía y la Justicia Penal militar tienen un año para evaluar cuáles de los 8 mil procesos se quedan allí o pasan a la justicia penal militar. Esto es lo verdaderamente complicado, ya que la Fiscalía tiene 5 mil casos y sólo 100 fiscales, y difícilmente los procesaran en un año. La entidad tendría que crear un nuevo grupo de fiscales dedicados sólo a esto, lo cual es poco probable.
Por otra parte, esta reforma dice que en los procesos judiciales contra miembros de la Fuerza Pública, la Fiscalía o la justicia penal militar tendrán que demostrar que se cometió un crimen, incluyendo la demostración de que el muerto era un civil o un “blanco legitimo”, es decir un objetivo militar. Esto en la práctica será muy difícil dado que las Fuerzas Militares utilizan información reservada y secreta para determinar sus ataques, información a la que no le será fácil acceder a la Fiscalía, y más cuando los primeros en llegar a la escena del delito será la policía judicial militar, compuesta por soldados y generales, lo que obstaculizaría la recolección de pruebas para presentar a un tribunal.